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No es abuso, es agresión por ruidos
No, no hablamos de La Manada, no estamos hablando de delitos sexuales, estamos hablando de delitos cometidos usando como arma el ruido, el ruido para hacer daño. Los tribunales están adquiriendo una mayor sensibilidad al abuso del ruido y entienden que su utilización dolosa e incluso negligente o falta de cuidado por reiterada y falta de respeto a los demás llega a ser un considerada como un ‘arma’ capaz de agredir y ocasionar lesiones psicológicas y daños morales por el sufrimiento ocasionado.
Agresión por ruido – Ricardo Ayala
No, no hablamos de La Manada, no estamos hablando de delitos sexuales, estamos hablando de delitos cometidos usando como arma el ruido, el ruido para hacer daño.
Asistimos a sentencias en los juzgados penales que condenan a penas de prisión por las consecuencias del ruido
En la actualidad, asistimos al dictado de sentencias en los juzgados penales que condenan a penas de prisión por las consecuencias del ruido humano o de animales domésticos bajo la responsabilidad de sus dueños.
Me refiero a sentencias sobre situaciones que nos pueden suceder a cualquiera.
Como la sentencia de un Juzgado de Vitoria de 4 meses de prisión y una indemnización de 12.000 euros por ladridos de perro.
Y a otra sentencia de un Juzgado de Cerdanyola del Vallés que condena al presidente de una peña de futbol a 6 meses de privación de libertad y al pago de una indemnización a las víctimas de 10.000 euros por el jaleo y el alboroto de los hinchas en su local.
Mayor sensibilidad de los tribunales
Emerge así una nueva conciencia de los tribunales para cambiar el enfoque que se venía dando para estas acciones que se calificaban solo como abuso de derecho en el ámbito civil, dentro de la responsabilidad extracontractual de daños.
Los tribunales están adquiriendo una mayor sensibilidad al abuso del ruido y entienden que su utilización dolosa e incluso negligente o falta de cuidado por reiterada y falta de respeto a los demás llega a ser un considerada como un ‘arma’ capaz de agredir y ocasionar lesiones psicológicas y daños morales por el sufrimiento ocasionado.
Los tribunales están adquiriendo una mayor sensibilidad al abuso del ruido
Esta es la clave, se empieza a asumir que el ruido causa lesiones y secuelas psicológicas en las víctimas que lo padecen de forma crónica, tales como síndrome ansioso depresivo, cuadro de fobia a llegar a casa, angustia, hipersensibilidad, irritabilidad, alteraciones del sueño… Además de las repercusiones que conlleva para toda la dinámica familiar y su convivencia con esta intromisión contaminante en el hogar.
Por tanto, se está acabando la idea aceptada comúnmente de que: “en mi casa yo hago lo que quiero y al que le moleste que se aguante”, porque con esta actitud puede estar cometiendo un delito de lesiones tipificado en artículo 147 del Código Penal por el que se puede llegar a castigar esta conducta con la pena de 3 meses a tres años por el menoscabo de la integridad corporal o la salud física o mental del perjudicado.
Falta de respeto grave a la intimidad
Lógicamente, sólo as conductas reiteradas que suponen una falta de respeto grave a la intimidad e integridad del otro por despreciar sus quejas a los daños que le están ocasionando sin poner ningún remedio, puede llegar a ocasionar estas lesiones, y por tanto ser objeto de una condena por este tipo de delito.
El afectado por un agresor acústico debe tratarse con un especialista y hacérselo saber a su agresor
Así, para la prueba en el juicio debemos aportar informes del médico especialista en valoración del daño corporal.
Y también psiquiatras o psicólogos que hayan seguido al paciente en el tratamiento de psicoterapia para explicar al juez la relación de causa/ efecto entre la agresión y la lesión.
En este sentido, además es imprescindible que la persona que se vea afectada por la persistencia de un agresor acústico, le haga llegar sus quejas de manera fehaciente e inequívoca para que sepa los daños que está causándole y que, de no corregirlo, se atenga a las consecuencias penales.
Cuidado, se está acabando la impunidad del acosador ruidoso
Agresión reiterada y lesiva por ruidos
Y por supuesto, es necesario para la prueba denunciar incesantemente ante la policía municipal, al ayuntamiento, y a la comunidad de propietarios la situación de acoso a la que se ve sometida.
Pero en nuestra opinión, incidiendo en esta línea hay que pedir que la jurisdicción penal dé un paso más y valore como conducta punible el riesgo potencial de lesiones psicológicas del agente agresor acústico.
Y que no tengamos que esperar, como hasta ahora, a que nos dejen sordos o nos vuelvan locos para poder obtener su amparo.
Debería bastarle a la víctima con acreditar que la agresión reiterada por ruidos es potencialmente lesiva para su salud.
Así que, ¡cuidado!, se está acabando la impunidad del delincuente ruidoso que debe aprender que en su casa ya no puede hacer el ruido que le dé la gana si afecta a la salud de sus vecinos.