Importante sentencia contra el ruido «desaforado» del ocio. El Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Marbella ha dictado una sentencia de gran trascendencia contra el establecimiento de ocio Nao Pool Club.
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Importante sentencia contra el ruido «desaforado» del ocio
La sentencia declara acreditado que la actividad de Nao Pool Club genera «ruidos desaforados y continuos» que se proyectan sobre las viviendas, terrazas, jardines y piscinas de las comunidades demandantes, informan desde Juristas contra el Ruido.
Según la sentencia, estos ruidos impiden a los vecinos llevar una vida tranquila dentro de parámetros de normalidad y privándoles del disfrute pacífico de sus viviendas y de los espacios comunes.
Estos ruidos superan con creces los niveles máximos recomendados por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y han provocado consecuencias especialmente graves.
Perjuicio para la salud y bienestar de los vecinos
Algunos propietarios se han visto obligados a vender sus inmuebles y muchos residentes han sufrido importantes perjuicios en su vida diaria:
- pérdida de sueño,
- interrupciones constantes del descanso,
- ansiedad
- y un profundo deterioro de su bienestar físico y psicológico.

Cese inmediato de las perturbaciones acústicas
La sentencia, conseguida por el despacho del letrado malagueño Francisco Soler Luque, miembro de la asociación Juristas contra el Ruido, obliga a la discoteca a:
- cesar de inmediato las perturbaciones acústicas,
- ejecutar todas las obras de insonorización necesarias hasta lograr la desaparición de las molestias
- indemnizar con 15.000 euros más intereses legales a cada una de las comunidades afectadas: Aldea Blanca y Señorío de Aloha e intereses moratorios a partir de la publicación de la sentencia.
La resolución judicial, citando la doctrina del Tribunal Supremo, subraya el hecho que disponer de licencia municipal no exime de responsabilidad civil.
El cumplimiento de normas administrativas no protege frente a reclamaciones civiles cuando en la práctica las medidas adoptadas resultan insuficientes para evitar daños efectivos.
Derecho al descanso y salud prevalecen sobre rentabilidad económica
Además, el juzgado reconoce expresamente la legitimación de las comunidades de propietarios para reclamar los daños morales colectivos derivados de las inmisiones sonoras, que consolida un aspecto esencial en la defensa de los entornos residenciales.
Las comunidades demandantes estudian solicitar la ejecución provisional de la sentencia, con el fin de que las obras de insonorización se inicien de manera inmediata y sin dilaciones, garantizando la tutela efectiva de sus derechos frente a la persistencia del ruido.
Y valoran recurrir la denegación de la indemnización solicitada para sufragar la construcción de una valla que evite la invasión y el deterioro de los jardines comunitarios por parte de clientes del club.
Con esta sentencia, la Justicia lanza un mensaje claro: el derecho al descanso y a la salud, así como los derechos fundamentales de los vecinos prevalecen sobre la rentabilidad económica.
