¿Por qué las quejas por ruido caen en saco roto? Los ciudadanos afectados ‘lloran’ de impotencia cuando se enfrentan a este grave problema, mientras mina su salud y la convivencia en nuestras ciudades.
Un porcentaje significativo de las quejas que recibe el Defensor del Pueblo se refiere a la contaminación acústica procedente de un amplio rango de focos, según su Informe 2021:
- Actividades económicas
- Vehículos y actividades de transporte
- Instalaciones deportivas
- Fiestas populares
- Conciertos
- Comportamientos vecinales
- Molestias generadas por animales domésticos
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¿Por qué las quejas por ruido caen en saco roto?
Las situaciones que los ciudadanos exponen ante esta institución no representan problemas ambientales a gran escala, pero afectan decisivamente a la vida cotidiana, al descanso y a la salud de quienes los sufren.
La legislación española reconoce que el ruido es causa de preocupación por sus efectos sobre la salud, así como sobre el comportamiento humano individual y colectivo, debido a las consecuencias físicas, psíquicas y sociales que conlleva y la afección que implica para los derechos individuales y el entorno.
Derecho vulnerados por la contaminación acústica
Según reiterada jurisprudencia, los derechos que pueden verse vulnerados con elevados niveles de contaminación acústica son:
- Intimidad personal y familiar
- Inviolabilidad del domicilio
- Salud
- Medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona
El Defensor del Pueblo reitera a las Administraciones Públicas competentes que no pueden permanecer pasivas ante los problemas de esta naturaleza que la ciudadanía plantea.
La Administración no responde
Cuando el Defensor del Pueblo tramita estos asuntos confía en que la Administración actúe con eficacia en un tiempo prudencial, pero no siempre sucede.
Lógicamente las personas afectadas expresan a esta institución su desazón e impotencia, cuando esto último ocurre, porque conviven con un ruido no deseado y nocivo, que perturba su calidad de vida.
El Defensor del Pueblo considera aconsejable la existencia de planes de inspección de las actividades más ruidosas del municipio porque permitiría detectar antes los problemas y, en consecuencia, adoptar medidas tempranas para solucionarlos.
Falta prevención, personal técnico y materiales
No se pretende soslayar la dificultad que representa para algunos ayuntamientos la realización de este tipo de actuaciones, que requieren de personal técnico y medios materiales, pero también hay que considerar que estas tareas preventivas garantizan a la ciudadanía una mejor protección de sus derechos.
Resulta imprescindible a su vez que la normativa municipal sea suficiente y contenga los instrumentos necesarios para permitir a los servicios del ayuntamiento competente comprobar los hechos y reaccionar con rapidez y contundencia ante las vulneraciones de los niveles establecidos.
Terrazas y locales de hostelería
Locales de hostelería y terrazas Durante 2021 se han recibido quejas relacionadas con la proliferación de terrazas en la vía pública en toda España y el correspondiente incremento de las molestias a los vecinos.
Las personas afectadas se refieren, por una parte, a la instalación de nuevas terrazas, como consecuencia de la flexibilización de los criterios para obtener la autorización municipal con motivo de la crisis económica y social provocada por la pandemia.
Por otra, cuestionan la ampliación de las terrazas ya existentes, lo que puede ocasionar que las aceras queden invadidas por mesas, sillas y sombrillas, y que aumenten las molestias por ruido hasta altas horas de la madrugada.
Destaca a ese respecto la actuación iniciada ante el Ayuntamiento de Madrid sobre las terrazas instaladas en el barrio de Chamberí, donde una asociación de vecinos se ha dirigido reiteradamente al ayuntamiento porque no pueden descansar en sus domicilios y porque estiman que no se están supervisando adecuadamente las terrazas con el fin de comprobar que respetan en todo momento la normativa urbanística, ambiental y de establecimientos públicos.
Nueva ordenanza de terrazas
El Defensor del Pueblo ha solicitado información sobre la autorización y el funcionamiento de estas terrazas y sobre las inspecciones giradas, a fin de verificar las denuncias ciudadanas por molestias por ruido, incumplimiento de horario, superación del aforo autorizado u ocupación de un mayor espacio del concedido.
Asimismo, se ha estado a la espera de la aprobación de la nueva ordenanza de terrazas, que finalmente ha sido aprobada mientras se redacta este informe.
Esta institución estudiará la información remitida y la nueva ordenanza aprobada y valorará la procedencia de nuevas actuaciones.
También se han seguido recibiendo quejas relativas a los ruidos causados en los establecimientos comerciales, de grandes y pequeñas dimensiones.
Sistemas de climatización o refrigeración
Los principales motivos de denuncia se vinculan con los sistemas de climatización o refrigeración, la falta de insonorización de los locales, el uso de la megafonía, los golpes de impacto durante la manipulación del género, el arrastre de los carritos de compra y la descarga de las mercancías fuera de los horarios autorizados.
La intervención del Defensor del Pueblo ha servido para que los servicios municipales inspeccionen estas actividades y realicen las pertinentes mediciones de ruido y vibraciones en los momentos que los ciudadanos identifican los niveles de molestias más elevados.
La realización de las inspecciones y mediciones de acuerdo con este criterio ha permitido detectar en la mayoría de los casos superaciones de los límites marcados por la normativa ambiental, lo cual ha conllevado la imposición de medidas, así como la imposición de sanciones, en algunos casos muy graves, lo que suele resultar disuasorio de los incumplimientos y eficaz.
Eventos multitudinarios
La pandemia ha motivado que el número de eventos culturales, musicales y festivos sea menor que en años previos a la crisis sanitaria. No obstante, ha seguido habiendo conciertos, más en 2021 que en 2020.
Los ciudadanos que residen cerca de los recintos donde se celebran estos espectáculos multitudinarios sufren sus efectos y exponen que pasan noches sin dormir, tanto por el ruido procedente de la música como por el trasiego de personas y vehículos en sus barrios.
Ha de tenerse en cuenta que los festivales musicales duran varios días y que se realizan al aire libre con potentes equipos de sonido y de amplificación.
Cada vez más ciudadanos decepcionados
Los ciudadanos muestran su decepción con las administraciones por autorizar estos eventos sin imponer medidas efectivas para contrarrestar ruidos y vibraciones, olores o suciedad, entre otros efectos indeseados.
En la actuación realizada por el Festival de Verano 2021-MadBeach Club, esta institución ha vuelto a indicar al Ayuntamiento de Madrid, como en su día hizo respecto al Mad Cool, que los grandes eventos musicales que se realicen cerca de zonas residenciales deben ser evaluados con detenimiento antes de su autorización, dando audiencia no solo a los promotores del evento sino a todos los interesados, entre los que se incluyen los vecinos afectados.
Además, en este caso, el lugar donde se produjo el evento se encuentra dentro la Casa de Campo, que es un Bien de Interés Cultural que ha de ser salvaguardado de posibles afecciones ambientales.
El Defensor del Pueblo ha solicitado al ayuntamiento conocer cómo se valoró la incidencia ambiental y cuáles han sido las conclusiones.
Precintar el foco del ruido como medida provisional
Asimismo, ha trasladado al ayuntamiento que, ante niveles de ruido muy superiores a los autorizados, la Policía municipal debe poder precintar el foco del ruido, como medida provisional y sin tener que esperar a que sea ratificada por el órgano administrativo competente cuando se inicie el procedimiento.
En este tipo de eventos puede suceder que las multas impuestas no resulten disuasorias y se repitan los comportamientos infractores.
Por ello, se ha recordado al ayuntamiento que el establecimiento de la sanción pecuniaria debe prever que la comisión de la infracción no resulte más beneficiosa para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas.
Fiestas patronales y locales
Las molestias que generan en las viviendas cercanas las atracciones feriales o los escenarios para conciertos y espectáculos han seguido siendo motivo habitual de queja en 2021.
Como ya ha manifestado esta institución en informes anteriores, la Administración municipal tiene que conseguir un equilibrio entre el derecho de los vecinos a descansar, de un lado, y el derecho de reunión, el ocio, las tradiciones culturales y el bullicio propio de las festividades, de otro.
Es posible conciliar los derechos y los bienes jurídicos en juego si los Ayuntamientos trabajan en la minimización de los ruidos nocturnos y en la mejora de la organización a través de un control adecuado y proporcionado de los emplazamientos, los horarios y los niveles de ruido de las actividades más molestas, especialmente la música amplificada y las sesiones de discoteca hasta altas horas de la noche.
Hay que señalar, además, que los locales habilitados para peñas o sedes festeras, que no solo se utilizan durante las fiestas patronales, sino que son además lugar de reunión durante el resto del año, producen molestias a los vecinos por ruido e insalubridad.
Falta de aislamiento acústico
Con frecuencia no cuentan con aislamiento acústico y las condiciones de seguridad e higiénico-sanitarias son deficientes.
A este respecto, esta institución ha indicado a las administraciones locales que, ante denuncias ciudadanas por el funcionamiento de estos locales, no deben incurrir en pasividad ni poner como excusa el ambiente relajado de las fiestas o que su uso sea ocasional, ya que los incumplimientos detectados deben ser sancionados y adoptarse las oportunas actuaciones conforme a la normativa urbanística y ambiental.
Otras actividades cotidianas que producen molestias por ruido Hay otros focos de ruidos, de muy variada procedencia, que suscitan quejas y actuaciones de esta institución en tanto no deben exceder los límites tolerables, de acuerdo con la normativa de aplicación y de conformidad con los usos locales.
A continuación, se refieren brevemente aquellos que han suscitado un mayor número de actuaciones de esta institución:
Ladridos de perros que perturban el descanso vecinal
La Administración local suele manifestar que es difícil comprobar estas molestias, pero el Defensor del Pueblo ha apreciado en ocasiones falta de rigor en la aplicación de las ordenanzas de contaminación acústica, convivencia ciudadana o de tenencia de animales domésticos.
Estas ordenanzas recogen que los propietarios o poseedores de los animales han de adoptar las medidas necesarias para que no se ocasionen ruidos o molestias al vecindario que perturben la convivencia, en especial durante el horario nocturno.
Ruidos vecinales
Ante los que a menudo la Administración considera que se trata de cuestiones de derecho privado en las que no debe intervenir.
Sin embargo, teniendo en cuenta la legislación del ruido y sobre Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el hecho de que exista un problema de convivencia no siempre deja sin fundamento una denuncia por molestias por ruido, ni hace desaparecer la obligación de los ayuntamientos de intervenir.
La Policía local puede mediar en los conflictos entre vecinos. En la ciudad de Madrid existe el Programa del Agente Mediador que se encarga de estas situaciones.
Campanarios
En general, las personas afectadas suelen pedir solo que se module su funcionamiento y la frecuencia de las campanadas, esto es, que sigan sonando sin perturbar el descanso vecinal, especialmente por la noche.
Ha sido necesario, en algunos casos, sugerir al ayuntamiento concernido que realice las comprobaciones acústicas oportunas y, a raíz de los resultados, adopte medidas, aunque no siempre estas Sugerencias han sido aceptadas.
Atendiendo a las Sugerencias de esta institución, en otros casos, el ruido se ha medido y se ha llegado a una solución satisfactoria para todas las partes, al sonar las campanas con respeto a la normativa ambiental y hacer un uso más específico para la llamada a misa o para celebraciones concretas.
Molestias por ruido de autobuses de transporte público o privado
En estos casos, las paradas de autobuses han sido el motivo de queja principal.
El Defensor del Pueblo ha solicitado a la Administración competente que analice y mida la situación acústica de la zona donde están emplazadas estas instalaciones y que se adopten medidas para mitigar las molestias como, por ejemplo, la reducción de la velocidad permitida en la zona o la utilización de autobuses menos ruidosos.
Limpieza viaria, recogida de la basura y tareas de jardinería
Las molestias proceden de la maquinaria o vehículos utilizados (sopladores de hojas, señales acústicas de los camiones o golpeo de los contenedores) durante la prestación de estos servicios en horario nocturno, y se suelen corregir utilizando máquinas menos ruidosas o modificando los horarios para realizar las tareas más molestas durante el día.
Ha de insistirse en que la Administración tiene que ser especialmente cuidadosa en la emisión de ruidos y en la aplicación de medidas correctoras en los equipamientos y servicios municipales.
Las Administraciones Públicas deben ser las primeras en dar ejemplo, especialmente, en el respeto al medio ambiente.
Aire acondicionado
Se han iniciado actuaciones con el fin de que la Administración competente exija la retirada definitiva de las que no son legalizables e imponga para el resto la adopción de medidas correctoras que ajusten su funcionamiento a los niveles de ruido establecidos en las ordenanzas sobre contaminación acústica.
Instalaciones deportivas y parques cerca de viviendas
En estos casos, y si efectivamente se ha comprobado que las molestias superan los valores permitidos, esta institución ha recomendado a los ayuntamientos que establezcan normas de uso y horarios razonables para estos lugares de esparcimiento y ocio deportivo.
Según los casos y las distintas situaciones, ante usos inadecuados e incívicos con afecciones graves al lugar y a los vecinos, la Administración se ve obligada a instalar un cierre perimetral para poder controlar el acceso a estas instalaciones o a realizar un seguimiento policial de la zona casi a diario.
¿Por qué suspendemos en la gestión de la contaminación acústica?